EL derecho de rectificación, ¿Qué es? Y ¿Cómo ejercerlo?

Dentro de los derechos que todo ciudadano ostenta en materia de protección de datos, encontramos el derecho a la rectificación de nuestros datos personales, si bien parece ser un derecho fácilmente entendible suele pasar desapercibo en muchas ocasiones. Por ello, en este articulo te contamos que significa, que implicaciones tiene ejercerlo y como se puede solicitar.
Empezaremos por determinar: ¿Qué es el derecho de rectificación?
Según el Reglamento General de Protección de Datos, el derecho de rectificación se define como:
“El interesado tendrá derecho a obtener sin dilación indebida del responsable del tratamiento la rectificación de los datos personales inexactos que le conciernan. Teniendo en cuenta los fines del tratamiento, el interesado tendrá derecho a que se completen los datos personales que sean incompletos, inclusive mediante una declaración adicional”
El RGPD no da mayor explicación o ampliación sobre este derecho, dado que se entiende que su propio nombre define perfectamente lo que supone, que es rectificar.
Dentro del ámbito de los datos personales pretende otorgar la posibilidad a los afectados a indicar por medio de su derecho de rectificación los datos que son incorrectos o inexactos y que por tanto está siendo tratados con errores, para que así el responsable del tratamiento pueda subsanar dichas inexactitudes.
¿Qué implica ejercer este derecho?
Ejercer este derecho supondrá la corrección por parte del responsable de los datos inexactos o incorrectos que se estén manejando. EL RGPD indica claramente que el interesado tiene derecho a obtener la rectificación sin dilación indebida. Esto supone que, a la mayor brevedad posible y una vez verificados los requisitos para ejercer el derecho, el responsable del tratamiento debe rectificar y notificar al interesado las acciones tomadas.
¿Cómo puedo ejercer este derecho?
Cuando sus datos sean tratados por cualquier empresa, el responsable del tratamiento deberá poner a disposición de los interesados una dirección postal, correo electrónico o cualquier otro medio accesible para solicitar el ejercicio de los derechos de protección de datos. Adicionalmente a su solicitud la normativa indica que es necesario poder identificar al individuo, por lo que también habrá que aportar algún dato identificativo que el responsable ya disponga previamente para poder hacer las verificaciones oportunas.
¿Supone una infracción para el responsable del tratamiento no atender ni otorgar el derecho de rectificación?
Será considerada infracción grave el comportamiento consistente en impedir, obstaculizar o no atender de forma reiterada los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento o a la portabilidad de los datos en tratamientos en los que no se requiere la identificación del afectado, cuando este haya facilitado información adicional que permita su identificación para el ejercicio de esos derechos.
A modo de conclusión podemos determinar que:
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El derecho de rectificación puede ser ejercido por cualquier afectado en todo momento.
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El afectado tiene derecho a que se otorgue sin dilaciones la rectificación pertinente.
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El responsable del tratamiento debe otorgar canales accesibles para ejercer los derechos de protección de datos.
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La obstaculización o la no atención de los derechos supone una infracción grave de la normativa y puede acarrear sanciones para la entidad.
Para poder cumplir con todos los puntos anteriores es imprescindible contar con un procedimiento para atender los derechos de los afectados, con el objetivo de tener claros los pasos que debe tomar la entidad cuando se ejerce algún derecho, tanto con respecto a los tiempos de respuesta como a los requisitos y documentos que deben solicitar al afectado.
En Caberseg contamos con expertos en la materia para asesorar y generar procedimientos adaptados a las necesidades y especificidades de cada entidad.